Resolución de 14/05/2026, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se aprueban los planes provinciales de defensa contra incendios forestales 2026-2030 de Castilla-La Mancha.
La planificación de las acciones de prevención de incendios forestales es una tarea que queda recogida en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, que en su artículo 48 establece la obligatoriedad para las comunidades autónomas de aprobar planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales. Por su parte, la Comunidad de Castilla-La Mancha aprobó la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, que en su artículo 62.1 recoge la posibilidad de declarar zona de alto riesgo o de protección preferente aquellas áreas que, a tenor de la frecuencia o virulencia de los incendios forestales y la importancia de los valores amenazados, hagan necesarias medidas especiales de protección.
En cumplimiento de tal obligación, por Orden 187/2017, de 20 de octubre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha, se aprueba el Plan Especial de Emergencias por Incendios Forestales (en adelante, Plan Infocam), que en su punto 3.3 define las zonas de alto riesgo por incendio forestal (ZAR) y las delimita en su anexo II.
La Ley 3/2008, de 12 de junio, en su artículo 62.2 recoge igualmente la obligatoriedad de formular un plan de defensa para cada una de las zonas de alto riesgo (ZAR). Los planes provinciales de defensa, en consonancia con este precepto, constituyen y engloban en un único documento los planes de defensa de las zonas ZAR de cada provincia.
Considerando:
I. La conveniencia de estructurar los documentos de planificación de manera ordenada y la necesidad de cubrir la planificación de la defensa contra incendios forestales a escala provincial, entre el Plan Director, de ámbito regional, y la escala comarcal propia de los planes de defensa.
II. La necesidad de realizar instrumentos de planificación de defensa contra incendios forestales fuera de las ZAR, esto es, en las áreas definidas como zonas de riesgo medio por incendio forestal (ZRM) por el Plan Infocam, las cuales quedan fuera del ámbito de aplicación de los planes de defensa, en cumplimiento de la Ley 43/2003 y de la Ley 3/2008.
III. La caducidad de los planes de defensa de ámbito provincial aprobados en 2020.
Vistos:
a) La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
b) La Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.
Esta Viceconsejería resuelve:
- Dejar sin efecto la Resolución de 24/08/2020, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, por la que se aprueban cinco anexos al Plan Director de Defensa contra Incendios Forestales de Castilla-La Mancha, referentes a los planes provinciales de defensa contra incendios forestales de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo para el periodo 2021-2025.
- Aprobar los cinco planes de defensa contra incendios forestales de ámbito provincial siguientes:
- Plan provincial de defensa contra incendios forestales. Albacete 2026-2030.
- Plan provincial de defensa contra incendios forestales. Ciudad Real 2026-2030.
- Plan provincial de defensa contra incendios forestales. Cuenca 2026-2030.
- Plan provincial de defensa contra incendios forestales. Guadalajara 2026-2030.
- Plan provincial de defensa contra incendios forestales. Toledo 2026-2030.
- Dotar a los planes de defensa aprobados en el apartado segundo del carácter de plan de defensa a efectos del cumplimiento del artículo 62.2 de la Ley 3/2008, de 12 de junio.
- Dejar sin efecto los planes de defensa comarcales vigentes o aprobados con anterioridad.
- Las actuaciones contenidas en estos planes serán coherentes con lo establecido en otros planes en el ámbito de conservación de la naturaleza y en la gestión forestal, conforme determine la legislación sectorial aplicable.
- Se declaran de interés general, en virtud de lo establecido en el artículo 62.4 de la Ley 3/2008, exclusivamente las actuaciones así determinadas en los planes.
- La vigencia de los planes aprobados en el apartado segundo, contenidos en los correspondientes anexos, será hasta el 31 de diciembre de 2030.
- El contenido de los cinco planes provinciales estará disponible en:
https://infocam.castillalamancha.es/ - El visor digital asociado a los planes provinciales se encuentra en:
https://experience.arcgis.com/experience/b0e2b9c0f29e467f80cc50c2bc3c3714/
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Sostenible en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 14 de mayo de 2026.
Resolución de 14/05/2026, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se aprueban los planes provinciales de defensa contra incendios forestales 2026-2030 de Castilla-La Mancha.